Cómo denunciar el delito de
Abuso de menores
Conoce en qué consiste el delito de abuso de menores, qué documentos necesitas presentar para denunciarlo, cómo darle seguimiento a tu denuncia y respuestas a las preguntas más frecuentes acerca de este delito.
¿En qué consiste la violencia sexual cometida contra niños, niñas y adolescentes?
Es la acción de obligar a niños, niñas y adolescentes a tener contacto sexual, por ejemplo caricias, besos o tocamientos, o cualquier otro tipo de comportamiento de tipo sexual. Esta forma de violencia afecta la autonomía corporal e interfiere con el libre desarrollo de su sexualidad. Además de comprender la invasión física del cuerpo, pueden ser actos que no involucren penetración o incluso contacto físico alguno, cuyas consecuencias pueden afectar tanto a la víctima como a todo su entorno.
¿Cómo se manifiesta la violencia sexual hacia niños, niñas y adolescentes?
Los códigos penales del país señalan como delitos de violencia sexual los siguientes:
- Violación
La violación es la realización de relaciones sexuales mediante el uso de violencia física o moral.
Se entiende como relaciones sexuales a la introducción del pene en el cuerpo humano por vía vaginal, anal o bucal. También se considera violación la introducción por vía vaginal o anal de cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano, distinto al pene, por medio de la violencia física o moral.
La violencia moral implica la utilización de palabras intimidatorias, agresiones emocionales, que vulneren la resistencia del niño, niña o adolescente para la realización del delito. Por ejemplo, amenazar con hacerle daño a alguien de su familia.
- Abuso sexual
Es la ejecución de actos sexuales, ya sea que se obligue a observarlos o a hacerlos, sin el propósito de llegar a las relaciones sexuales sobre una persona, sin su consentimiento.
Cuando hablamos de actos sexuales nos referimos a cualquier acción dolosa, realizada en sentido lascivo y caracterizada por un contenido sexual, que se ejerza sobre la víctima.
Las formas más comunes en que niñas, niños y adolescentes pueden ser abusados sexualmente son al tocar sus genitales u otras partes de su cuerpo; tener contacto buco-genital del agresor(a) con el niño, niña y adolescente; utilizarlos en la elaboración de material pornográfico; obligarlos a ver películas, revistas o fotos y exhibir o tocar los genitales del agresor(a).
- Acoso sexual
Consiste en solicitar favores sexuales o la relación de una conducta de naturaleza sexual para la persona que lo solicita o para una tercera persona, la cual lesiona y daña la dignidad.
De igual forma se considera acoso sexual a contactar, requerir y compartir imagénes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual o un encuentro a través de medios de radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos.
- Estupro
Consiste en sostener relaciones sexuales con una persona mayor de 12 y menor de 18 años, obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de engaño.
- Incesto
Consiste en sostener relaciones sexuales entre hermanos, ascendientes o descendientes consanguíneos en línea directa con conocimiento del parentesco.
- Pornografía
Consiste en procurar, promover, obligar, publicitar, gestionar, facilitar o introducir, por cualquier medio, a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de videograbarlos, audiograbarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos.
¿Quién puede denunciar los delitos de violencia sexual cometidos contra niños, niñas y adolescentes?
Salvo el delito de estupro, los delitos de violación, abuso sexual, acoso sexual y pornografía, cualquier persona que haya sido testigo, sepa o haya presenciado este delito puede denunciarlo.
En el caso de estupro, es la víctima que sufrió el delito de abuso sexual quien debe denunciarlo, pues es un delito que se persigue por querella.
En cualquier caso, la víctima puede realizar la denuncia a través de sus representantes legales, padre, madre o tutores, pero también puede denunciar de forma autónoma. La falta de consentimiento de los representantes legales o su ausencia no deben limitar la denuncia y la investigación. También, el ministerio público debe aceptar su denuncia cuando el delito proviene de su padre, madre o tutor.
¿Qué es lo primero que tengo que hacer?
Si viviste este tipo de violencia, busca apoyo con familiares o personas cercanas de confianza, con alguna institución pública u organización para proteger tu integridad. Es importante tener una red de apoyo y acompañamiento para denunciar. Después, identifica a la persona que realizó el hecho. Si conoces su nombre completo, deberás mencionarlo en la entrevista que te haga el ministerio público. Del mismo modo, si se trata de un servidor público, investiga el cargo e menciónalo cuando presentes la denuncia.
Si no conoces o no ubicas a la persona que cometió el delito, el ministerio público deberá hacerte las preguntas necesarias para que la investigación se enfoque en ubicar a la persona agresora. Recuerda que como adolescente tienes la oportunidad de denunciar sin que tus padres, hermanos o personas con quienes vivas te den “permiso”, pues hacerlo es tu derecho.
En el caso de niños y niñas, es importante mantenerse alerta ante cualquier cambio de conducta, sin menospreciar sus conductas y palabras. Si se advierten cambios físicos como lesiones, sangrado o golpes (o incluso embarazo, infecciones de transmisión sexual), o si se presentan dudas sobre la integridad física, se debe priorizar la salud física y mental de los niños, niñas y adolescentes, por lo que se debe buscar apoyo para salvaguardar su integridad y seguridad con alguna institución pública u organización y trasladar urgente al niño, niña o adolescente al centro de salud más próximo.
En este directorio puedes encontrar el contacto de algunas organizaciones que podrían apoyarte con asesoría legal o psicológica.
¿Qué tengo que llevar para denunciar?
Al momento de ir a presentar tu denuncia, lleva una identificación oficial. Si eres menor de edad la identificación de tu escuela basta.
Si tienes audios, videos o cualquier otro material en donde pueda corroborarse la agresión que sufriste, llévalos contigo en una memoria USB o CD. También, si antes de haber sido víctima del delito, la persona te amenazó o te mandó mensajes, lleva contigo las capturas de pantalla de estos mensajes.
Tratándose de niños, niñas y adolescentes la querella podrá ser presentada por quienes ejerzan la patria potestad o la tutela o sus representantes legales, por sus hermanos o un tercero. Sin embargo también pueden presentar la denuncia por ellos mismos.
Al respecto también es importante llevar documentos de identidad tales como: acta de nacimiento, CURP o cualquier otro documento de identificación.
¿Qué tengo que hacer para denunciar?
Debes acudir a la agencia del ministerio público más cercana a donde ocurrió el delito o a la agencia especializada en delitos sexuales (si existe una en tu estado o está cerca de tu ubicación). Si la violencia sexual ocurrió en un espacio público (en el transporte público, en el parque, en la calle, etc.) puedes auxiliarte de un policía para que te indique dónde denunciar. Incluso, si en ese momento hay un policía cerca, puedes pedirle que haga la detención de tu agresor (en flagrancia) para presentarlo ante el ministerio público.
Es fundamental crear redes de confianza en torno al relato del hecho realizado por el niño, niña o adolescentes, hacer todo lo posible para que se sientan seguros y respaldados por aquellas personas que lo asistan.
Ubica aquí la agencia del ministerio público más cercana a ti.
¿Qué elementos debo tomar en cuenta al momento de realizar mi denuncia?
Cuando acudas a denunciar, el ministerio público abrirá una “carpeta de investigación”, que es un registro en donde incluirá tu testimonio, el cómo sucedió el delito, quiénes son los probables responsables y toda la información que ayude a que se dé con la o las personas responsables. Se te pedirá que narres cómo sucedieron las cosas (a esto le llaman declaratoria), por lo que es importante que menciones, de la manera más detallada posible, cómo sucedió el delito y en caso de identificar a la persona, mencionar sus rasgos característicos (cicatrices, tatuajes, vestimenta, entre otros). Ni tu historia de actividad sexual, ni la forma en la que vestías son relevantes para la investigación, por lo que debe existir respeto a tu privacidad. Las investigaciones deben hacerse con perspectiva de género, estar libres de estereotipos o de señalamientos discriminatorios.
Recuerda que en caso de requerirlo, el ministerio público deberá solicitar que se te realice una valoración médica, y que tienes derecho a que la persona que lo realice sea de tu mismo sexo. También puedes ir a un servicio particular y entregar el resultado al ministerio público o acudir a los servicios de salud pública y solicitar que se entregue al ministerio público la documentación de la evidencia que hayan recabado con tu consentimiento.
Si hay personas que hayan presenciado la violencia sexual, éstas pueden acompañarte o puedes solicitar que sean entrevistadas por la policía.
Si el delito fue cometido en un espacio público, recuerda que en algunas ciudades, las secretarías de seguridad pública (u otra dependencia) cuentan con cámaras de vigilancia en las calles. Cuando acudas a denunciar y el Ministerio Público te entreviste (es decir, se haga la comparecencia), pídeles que soliciten estos vídeos a: la Secretaría de Seguridad Ciudadana o de Seguridad Pública de tu estado, a los equipos y sistemas tecnológicos del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto (C-5), o a otras autoridades en espacios o instalaciones de transporte que cuenten con circuito de grabación.
Recuerda que los videos que pueden tomar las cámaras de negocios, casas o las propias autoridades pueden ser de gran relevancia para continuar con la investigación de tu caso. En muchas ocasiones, estos videos son eliminados después de 5 días de su grabación y el ministerio público a veces tarda más de 5 días en solicitarlos por lo que pueden perderse. Para evitar que esto pase, puedes pedirles por escrito a las autoridades, a los negocios o a los residentes de las casas que por favor resguarden los videos ya que posteriormente, el ministerio público deberá solicitar estos videos para continuar con la investigación.
Antes de irte del ministerio público, anota el número de carpeta de investigación que se asignó para tu caso y el nombre del o la agente que te atendió; también puedes solicitar una copia simple de tu carpeta de investigación. Esto te ayudará a darle seguimiento a tu caso y podrás corroborar que no hayan eliminado testimonios, oficios o documentos que hayas entregado. Recuerda que las copias simples son completamente gratuitas, aunque algunas veces te solicitan dinero de forma irregular.
En el caso de denuncia para niños y niñas, el ministerio público abrirá una carpeta de investigación con base en lo que el niño o niña le cuenta así como de tu narrativa. Si no presenciaste el delito te preguntará cómo te enteraste o percataste, quiénes son los probables responsables y toda la información que ayude a que se dé con la o las personas responsables. Asimismo se entrevistará al niño o niña, para que narre cómo sucedieron las cosas. Tienes el derecho de estar con él o ella en el momento de la entrevista.
Algunos procedimientos como la certificación médica, ginecológica o psicológica o la atención de emergencia pueden requerir el consentimiento de sus representantes legales. Sin embargo, la investigación debe realizarse bajo el principio del interés superior y el reconocimiento de la autonomía progresiva que reconoce a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derecho con capacidad para ejercerlos por sí mismos, por lo que figuras como la capacidad jurídica, la patria potestad, la representación legal y la facultad para denunciar deben ser interpretadas bajo las normas generales en materia de infancia y el derecho internacional, por lo que siempre deberá prestar su consentimiento y ser informado de forma adecuada sobre todas las decisiones que tomen las autoridades sobre su caso.
También puedes ir a un servicio particular y entregar el resultado al ministerio público o acudir a los servicios de salud pública y solicitar que se entregue al ministerio público la documentación de la evidencia que hayan recabado.
¿Cómo le puedo dar seguimiento a mi denuncia?
Puedes dar seguimiento con el número de carpeta de investigación. Recuerda que las niñas, niños y adolescentes deben contar con la asistencia de un asesor jurídico especializado. Si sus representantes legales no lo designan o rechazan su intervención, se le deberá asignar un asesor de oficio, es decir, uno que asigne de forma obligatoria la autoridad.
El Centro ProDH preparó estos documentos, en caso de que los necesites. Antes de presentarlos ante el Ministerio Público, te recomendamos consultar con tu asesor jurídico si alguno aplica para tu caso en particular:
- Si tu asesor(a) jurídico(a) o tú quieren acceder a la carpeta de investigación íntegra, descarga este documento. Puedes hacer esto desde que se abre la carpeta de investigación.
- Si tu asesor(a) jurídico(a) o tú requieren una copia certificada de la carpeta de investigación, descarga este documento. Puedes hacer esto desde que se abre la carpeta de investigación.
- Si quieres recibir notificaciones sobre los avances de la investigación de tu caso, descarga este documento. Recuerda que como víctima de un delito, tienes derecho a acceder a la carpeta de investigación y conocer el estado que guarda la investigación y los avances que se han hecho sobre ella. Si el ministerio público continúa negándote el acceso a la carpeta tras presentar el escrito, puedes levantar un reporte ante la Visitaduría de la Fiscalía o ante una Comisión de defensa y protección de derechos humanos.
Consulta aquí información sobre la Visitaduría en tu estado y aquí un directorio con organizaciones de defensa de derechos humanos.
¿Cómo debe conducirse la autoridad ministerial frente a casos de violencia sexual cometidos contra niños, niñas y adolescentes?
Durante el proceso de denuncia e investigación se debe resguardar la identidad y datos personales de niñas, niños y adolescentes. Si se realiza un reconocimiento de personas o se practica una entrevista o testimonio como prueba anticipada, se deberá contar con el auxilio de especialistas en atención victimal y de infancia, el auxilio de familiares y la asistencia del asesor jurídico y del representante legal.
Las niñas, niños y adolescentes deben contar con la asistencia de un asesor jurídico especializado. Si sus representantes legales no lo designan o rechazan su intervención, se le deberá asignar un asesor de oficio, es decir, uno que asigne de forma obligatoria la autoridad.
Además de la asesoría jurídica que brindan las fiscalías y procuradurías, las niñas, niños y adolescentes cuentan con el derecho al acompañamiento de la Procuraduría Federal de Protección o de las Procuradurías de Protección locales de Niñas, Niños y Adolescentes (representación coadyuvante), que es especializada e independiente. Esta no sustituye las facultades del ministerio público sino que acompaña y representa, de manera adicional, a la víctima y su familia durante todo el proceso.
En caso de que el padre, madre o tutor, quienes tienen la representación originaria, sean las personas que están siendo denunciadas, la representación coadyuvante de las procuradurías de niñas, niños y adolescentes cobrará mayor importancia.
Por otro lado, si se desconoce el paradero del padre, la madre o tutor, no existe información sobre ellos, o si se trata de niñas, niños y adolescentes no acompañados en contexto de migración, la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes intervendrá en representación en suplencia.
Si se encuentra responsable a la persona que realizó la violencia además de la sanción perderá la patria potestad, tutela, curatela, derecho de alimentos y sucesorios que tenga respecto del niño, niña y adolescente; pero en ningún momento cesará su obligación alimentaria para con ella.
¿Qué pasa si la persona que cometió el delito es un familiar del niño, niña o adolescente?
Recuerda que si existe violencia sexual o cualquier tipo de violencia por parte de un familiar esto sigue siendo un delito y, por la tanto, puedes denunciarlo.
En caso de que el padre, madre o tutor, quienes tienen la representación originaria, sean las personas que están siendo denunciadas, la representación coadyuvante de las procuradurías de niñas, niños y adolescentes cobrará mayor importancia.
Si se desconoce el paradero del padre, la madre o tutor, no existe información sobre ellos, o si se trata de niñas, niños y adolescentes no acompañados en contexto de migración, la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes intervendrá en representación en suplencia.
Si eres adolescente, puedes buscar apoyo en los refugios a través de los Centro de Justicia para la Mujer, los Instituto Estatales de las Mujeres o las Secretarías de la Mujer y, a nivel nacional, a través del Instituto Nacional de las Mujeres o en refugios de organizaciones y asociaciones civiles. Para ir a un refugio temporal, no es necesario que ya hayas realizado una denuncia ante el ministerio público; éstos tienen la obligación de recibirte e incluso puedes realizar tu denuncia desde el mismo centro. En estos lugares se brinda atención física y psicológica, hospedaje, alimentación, servicio médico, asesoría jurídica. También puedes solicitar estos servicios al ministerio público al momento de presentar tu denuncia, como una medida de protección.
Ubica aquí el Centro de Justicia para la Mujer más cercano a ti o consulta este directorio de organizaciones que podrían apoyarte.
¿Se puede otorgar el perdón a la persona que agredió sexualmente a niños, niñas y adolescentes?
Esto depende de la legislación que exista en tu estado y si contempla el perdón para estos delitos. Sin embargo en la gran mayoría de los Códigos Penales (las leyes donde vienen los delitos y sus penas) de los estados prohíben otorgar el perdón.
El Código Nacional de Procedimientos Penales prohíbe los criterios de oportunidad y los acuerdos reparatorios en estos delitos. Además, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia señala que se deben evitar procesos de mediación o conciliación en este delito por ser inviables en una relación de poder y sometimiento, por lo que el único procedimiento distinto al juicio oral sería lo que se conoce como procedimiento abreviado.
¿Puedo denunciar en línea en mi estado?
En varios estados del país se pueden denunciar diversos delitos en línea, por videollamada o de alguna forma remota. Sin embargo, en cada estado cambian tanto las plataformas digitales disponibles, como los delitos que se pueden denunciar en ellas.
Consulta aquí si puedes denunciar este delito si puedes denunciar este delito en línea desde el estado donde vives.
¿Dónde puedo conseguir más asesoría?
Si necesitas orientación legal u otro tipo de ayuda, en este directorio puedes contactar a más de 400 organizaciones de la sociedad civil, instituciones públicas, albergues y refugios.
En este otro directorio de la Red de Abogadas Violeta encontrarás las dependencias públicas de las 32 entidades federativas que pueden apoyarte con asesoría por situaciones de violencia de género en distintos contextos.
Si quieres hacer tu denuncia de manera presencial, aquí puedes localizar el MP más cercano.